1893: Motín en Don Benito

Las sublevaciones y las diferentes formas de gobierno a que estuvo sometida España durante el siglo XIX, obligaron a exigir documentos en los diferentes periodos: Cédulas de Vecindad (1854-1870), Cédulas de Empadronamiento (1870-1873) y Cédulas Personales desde 1874. Los Jefes Políticos, equivalentes a los llamados Gobernadores Civiles, eran los que expedían las Cédulas a los padres y cabezas de familia. Empezó siendo un impuesto de “capitalización” y pagaban un “real de vellón” por cada una de las Cédulas necesarias para cada miembro de la familia.

Tras la Ley de Presupuestos del 8 de junio de 1870 se convirtió en un impuesto, bajo el nombre de Cédula de Empadronamiento, cuya adquisición era obligatoria para todos los españoles. Se crearon entonces tres clases de Cédulas: de tres, dos y de una peseta, según el número de habitantes de la población en que se vivía.

El 11 de febrero de 1873 se proclamaba la I República Española que, tras la ley del 6 de agosto del mismo año, se determinaba la supresión del impuesto, cuyo uso de cédula no era obligatorio. Esta supresión fue restablecida el 20 de septiembre, disponiéndose que todos aquellos individuos que se ausentaran del término municipal de la localidad de residencia debieran llevarla. Esta concesión fue gratuita. Pero duró poco, ya que en 1874 se declaraba otra vez sujetos al pago del impuesto de Cédulas Personales, a todos aquellos españoles y extranjeros residentes en España mayores de 14 años. El precio fijado fue para Madrid de 2 pesetas, para capitales de provincia 1,50 pesetas, para Cabezas de Partido 1 peseta, para los pueblos 0,50 céntimos y para jornaleros y sirvientes la cantidad de 0,25 céntimos.

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IMAGEN 1: EJEMPLO DE CEDULA PERSONAL DEL AÑO 1938

 

Tras la ley del 21 de Julio de 1876 se instauraba formalmente el impuesto con seis clases de Cédulas, cuya escala iba desde 0,50 céntimos a 50 pesetas, declarándose la obligatoriedad de poseer el documento, estableciéndose también penalidades y reglas de administración y contabilidad. Se dispuso exigir el impuesto a domicilio, previa formación de los padrones, creándose una nueva clase de 100 pesetas. Desde este momento y hasta el año 1880, la cobranza fue mixta por el Estado y por los Municipios; debido a los abusos de éstos últimos, se decidió modificar el régimen, implantándose entonces y ordenándose que la extensión de las Cédulas correspondiera a la Hacienda y la recaudación a sus agentes.

A partir de la ley de Osma del 3 de agosto de 1907, el impuesto de Cédulas Personales sería recaudado por los Ayuntamientos, subsistiendo este sistema hasta que el artículo 225 del Estatuto Provincial, redactado por Calvo Sotelo y promulgado el 20 de marzo de 1925, entregaba las Cédulas Personales a las Diputaciones.

El General Franco, tras la ley del 19 de enero de 1943, suprimía el impuesto de Cédulas Personales.

Se encontraba Don Benito a finales del siglo XIX sumido en la miseria, hambre y pobreza recorría todas las calles. El cólera morbo del año 1885 había ocasionado una gran pérdida de vecinos, ocasionando un gran pesar y malestar en todas las familias de la localidad. Los ánimos de los dombenitenses, sobre todo en el tema económico, estaban muy sensibles. Este impuesto ocasionó irritaciones entre los vecinos, sobre todo para los menos pudientes.

2. LA FAMILIA CÓRDOVA.

Los Córdova eran oriundos de Castilla, estableciéndose esta familia en Don Benito a mediados del siglo XIX.

Los Córdova, familia de ideas conservadoras, comerciaban con la materia prima de la zona, la lana, cobraban los impuestos del Estado (las Cédulas Personales) y fundaron una de las “bancas” existentes en la localidad.

Construyeron en el año 1867 un edificio en la entonces Plaza de la Constitución (hoy Plaza de España), concretamente donde se encontraban los famosos Almacenes Vallejo. Este edificio fue la primera residencia burguesa edificada en Don Benito, marcando así de alguna forma el “estatus social” de los Córdova.

Sabemos que su construcción data del año 1867 dado al grabado de dicho año en la reja de la cisterna del patio del edificio.

Llegaron a Don Benito tres hermanos (segunda generación), naturales de Olvega (Soria): Don Anselmo de Córdova y García, Diputado a Cortes por Ágreda (Soria) (durante cinco Legislaturas entre los años 1886-1890); Don Félix de Córdova y García, Diputado Provincial; y Don Juan de Córdova y García, Diputado Provincial.

Los Córdova tenían relaciones comerciales con toda España, convirtiéndose la empresa de éstos, “Córdova Hermanos”, en el principal centro de contratación de Extremadura.

En años posteriores llegaría a Don Benito también un miembro de la tercera generación de esta familia, Don Celestino Córdova Gutiérrez, Diputado a Cortes (Legislatura 1898-1899), que se introdujo de lleno en el trabajo de arriendos en toda Extremadura.

 

IMAGEN 2: ASPECTO ACTUAL DEL EDIFICIO DE LA FAMILIA CÓRDOVA, SITO EN LA PLAZA DE ESPAÑA

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FOTO. Pedro Natalio Rodríguez

3. ANTECEDENTES.


El 23 de febrero de 1892 ocurría en Don Benito un pequeño motín o algarabía.

“Regresaban de la feria, que se celebra en la actualidad, dos hermanos, conduciendo cada uno una caballería. La pareja de guardias municipales los llamó al orden, diciéndoles que no corrieran con los caballos, para evitar que atropellaran a alguna persona.

Los jinetes dijeron que correrían lo que quisieran, y para convencer a los guardias, se bajaron de los caballos y navaja en mano arremetieron contra ellos, causando una herida leve en la cabeza a uno de los guardias. Al ruido de la pelea, llegaron otros dos guardias municipales, y con los sables consiguieron herir a los dos caballistas y conducirlos a la cárcel, que está en la misma Plaza.

Entonces un grupo bastante numeroso se amotinó increpando la conducta de los guardias municipales y pidiendo que fueran también reducidos a prisión.

La llegada del Teniente de la Guardia Civil con una pareja del benemérito, calmó los ánimos de los amotinados, ya bastante exaltados”.

En este pequeño motín no hubo heridos de gravedad, acudiendo al lugar del motín, eso sí, la autoridad judicial para instruir las diligencias del sumario.

El 10 de agosto del mismo año, un grupo de mujeres promovieron un alboroto, pidiendo que se rebajase el precio del pan.

Cerca de doscientas mujeres se dirigieron por la mañana, en actitud hostil, a la Casa Consistorial.

“La algarada no tuvo más consecuencia que ser muy ruidosa, porque es sabido que la mujer emite bien la voz y tiene pulmones de acero; pero el alcalde, temiendo un desorden mayor, ofreció acceder a lo que las mujeres pedían”.

Tras aceptar el alcalde lo que las mujeres pedían, éstas se retiraron tranquilas “a cuidar de los respectivos pucheros”.

Hay que decir que las mujeres amenazaron al alcalde con volver a amotinarse si no se acordaba en ese mismo instante la rebaja del pan.
(continuará…)

FUENTES
- “Nacimiento, evolución y muerte de las Cédulas Personales”, en Diario ABC de Madrid del 29 de enero de 1943, pp. 8.
-PANIAGUA PAREJO, Guillermo (2009): “Cédulas Personales, insurrección en Don Benito”, en Revista Ventana Abierta número 29, Amigos de la Cultura Extremeña, Don Benito.
- BRAVO PAREJO, Verónica Inés (2009): “El motín de Don Benito, 1893”, en Revista Ventana Abierta número 29, Amigos de la Cultura Extremeña, Don Benito.
- CABEZAS DE HERRERA FERNÁNDEZ, María Dolores (2004): Callejero de Don Benito (Breve diccionario histórico), Concejalía de Educación y Cultura del Ayuntamiento de Don Benito, Don Benito.
- Archivo del Congreso de los Diputados, Serie documentación Electoral: 107 nº 49.
- Archivo del Congreso de los Diputados, Serie documentación Electoral: 104 nº 2.
- Archivo del Congreso de los Diputados, Serie documentación Electoral: 111 nº 49.
- Periódico “El Liberal”, fecha 26 de febrero de 1892.
- Periódico “El Día”, fecha 10 de agosto de 1892.
- Periódico “El Día”, fecha 4 de agosto de 1893.
- Periódico “El País”, fecha 4 de agosto de 1893.
- Periódico “El Siglo Futuro”, fecha 4 de agosto de 1893.
- Periódico “La Época”, fecha 5 de agosto de 1893.
- Periódico “El Imparcial”, fecha 6 de agosto de 1893.
- Periódico “El Día”, fecha 7 de agosto de 1893.
- Periódico “El Imparcial”, fecha 8 de agosto de 1893.
- Periódico “El Siglo Futuro”, fecha 9 de agosto de 1893.
- Periódico “El Liberal”, fecha 16 de agosto de 1893.
- Periódico “La Época”, fecha 17 de agosto de 1893.
- Periódico “El Siglo Futuro”, fecha 22 de agosto de 1893.
- Periódico “El Día”, fecha 9 de septiembre de 1893.
- Periódico “El Siglo Futuro”, fecha 11 de septiembre de 1893.
- Instituto de Historia y Cultura Militar (Madrid), Talleres, Orden Público, Extremadura, Motín en Don Benito.

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